Conselh Generau d'Aran 2011

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Disposiciones generales

  • Real Decreto 1954/1982, de 30 de julio, por el que se aprueba el anexo IV del Reglamento notarial de 2 de junio de 1944, relativo al ejercicio de la fe pública en materia electoral (BOE núm. 194, de 14 de agosto), modificado por el Real Decreto 2630/1985, de 23 de octubre (BOE núm. 16, de 18 de enero; corrección de errores en el BOE núm. 20, de 23 de enero), y por el Real Decreto 557/1993, de 16 de abril (BOE núm. 92, de 17 de abril).  
  • Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (BOE núm. 147, de 20 de junio; corrección de errores en el BOE núm. 17, de 20 de enero de 1986). Modificada por la Ley Orgánica 1/1987, de 2 de abril (BOE núm. 80, de 3 de abril); por la Ley Orgánica 8/1991, de 13 de marzo (BOE núm. 63, de 14 de marzo; corrección de errores en el BOE núm. 65, de 16 de marzo); por la Ley Orgánica 6/1992, de 2 de noviembre (BOE núm. 264, de 3 de noviembre); por la Ley Orgánica 13/1994, de 30 de marzo (BOE núm. 77, de 31 de marzo); por la Ley Orgánica 3/1995, de 23 de marzo (BOE núm. 71, de 24 de marzo); por la Ley Orgánica 1/1997, de 30 de mayo (BOE núm. 130, de 31 de mayo); por la Ley Orgánica 3/1998, de 15 de junio (BOE núm. 143, de 16 de junio); por la Ley Orgánica 8/1999, de 21 de abril (BOE núm. 96, de 22 de abril); por la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio (BOE núm. 154, de 28 de junio); por la Ley Orgánica 1/2003, de 10 de marzo (BOE núm. 60, de 11 de marzo; corrección de errores en el BOE núm. 207, de 29 de agosto); por la Ley Orgánica 16/2003, de 28 de noviembre (BOE núm. 286, de 29 de noviembre); y por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo (BOE núm. 71, de 23 de marzo); por la Ley Orgánica 9/2007, de 8 de octubre (BOE núm. 242, de 9 de octubre); por la Ley Orgánica 8/2010, de 4 de noviembre (BOE núm. 268, de 5 de noviembre); por la Ley 2/2011, de 28 de enero (BOE núm. 25, de 29 de enero), y por la Ley 3/2011, de 28 de enero (BOE núm. 25, de 29 de enero).  
  • Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre el régimen especial del Valle de Arán (DOGC núm. 1326, de 3 de agosto, y BOE núm. 194, de 14 de agosto).  
  • Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales (BOE núm. 92, de 17 de abril), modificado por el Real Decreto 1382/2002, de 20 de diciembre (BOE núm. 305, de 21 de diciembre); por la Orden INT/2838/2003, de 14 de octubre (BOE núm. 249, de 17 de octubre); por la Orden INT/529/2007, de 8 de marzo (BOE núm. 60, de 10 de marzo) ); por el Real Decreto 1621/2007, de 7 de diciembre (BOE núm. 299 de 14 de diciembre), por la Orden INT/3816/2007, de 19 de diciembre (BOE núm. 310 de 27 de diciembre) y por Orden INT/662/2011, de 23 de marzo (BOE núm. 75 de 29 de marzo, corrección de errores en el BOE núm. 89 de 14 de abril )
  • Decreto 301/2011, de 29 de marzo, de normas complementarias para la realización de las elecciones al Consejo General de Aran de 2011 (DOGC núm. 5848, de 30 de marzo).
  • Real Decreto 422/2011, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para la participación de las personas con discapacidad en la vida política y en los procesos electorales (BOE núm. 76 de 30 de marzo).

Derecho de sufragio

  • Acuerdo de 29 de enero de 1996, de la Junta Electoral Central, sobre el plazo de la condición de la inelegibilidad. 
  • Acuerdo de 24 de abril de 2002, de la Junta Electoral Central, sobre elegibilidad de miembro de la policía local y diversas consultas en relación con la excedencia. 
  • Acuerdo de 19 de junio de 2002, de la Junta Electoral Central, sobre la posibilidad de ser candidato en las elecciones un condenado por sentencia firme a "seis meses de suspensión de todo cargo electo o municipal o cualquier otro análogo"..  
  • Acuerdo de 25 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre apoderados e interventores. 
  • Resolución de 3 de abril de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre consulta sobre el derecho de sufragio activo en las elecciones al Consejo  General de Aran por aquellos a quienes el artículo 176.1 de la LOREG permite el voto en las elecciones locales.  
  • Acuerdo de 25 de junio de 2009, de la Junta Electoral Central, para instar las modificaciones necesarias para evitar trato discriminatorio a efectos de votación respecto a las personas discapacitadas. 

Convocatoria

  • Decreto  298/2011, de 22 de marzo, de convocatoria de elecciones al Consejo General de Aran (DOGC núm. 5847, de 29 de marzo y BOE núm. 75, de 29 de marzo).

Modelos oficiales

  • Acuerdo de 17 de abril de 1995, de la Junta Electoral Central, sobre el impreso de nombramiento conjunto de apoderados e interventores para los diversos procesos electorales convocados. 
  • Resolución de 19 de julio de 1996, de la Dirección de la Oficina del Censo Electoral, por la que se aprueban los modelos referidos en la Orden de 24 de abril de 1996, por la que se dictan normas técnicas para la actualización del censo electoral (BOE núm. 179, de 25 de julio). 
  • Acuerdo de 29 de febrero de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre la homologación de sobres y papeletas electorales. 
  • Acuerdo de 25 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre la validez de papeletas de tamaño diferente al de las papeletas oficiales. 
  • Acuerdo de 25 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre la validez de papeletas con faltas ortográficas o errores tipográficos, omisión de acentos o confusiones de letras. 
  • Acuerdo de 25 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre el cómputo de los votos emitidos en papeletas en que figuren personas cuya proclamación como candidatos haya sido anulada. 
  • Instrucción 12/2007, de la Junta Electoral Central, sobre interpretación de los apartados 2 y 3 del artículo 96 de la LOREG relativos a las alteraciones en las papeletas de votación invalidantes del voto emitido por el elector.
  • Edicto de 22 de marzo de 2011, por el que se da publicidad a los modelos de actas a utilizar por las juntas electorales y por las mesas electorales a las elecciones al Consejo General de Aran de 22 de mayo de 2011 (DOGC núm. 5848 de 30 de marzo).  

Administración electoral

  • Acuerdo de 17 de febrero de 1986, de la Junta Electoral Central, sobre la coincidencia de los partidos judiciales con los de las elecciones locales de 1979. 
  • Acuerdo de 17 de abril de 1995, de la Junta Electoral Central, sobre el sorteo de los miembros de las mesas electorales. 
  • Acuerdo de 14 de febrero de 1996, de la Junta Electoral Central, sobre la competencia de los ayuntamientos para nombrar a los miembros de las mesas, para notificar la designación a las personas interesadas, para cumplimentar los impresos y para el abono de las tareas de dichas operaciones. 
  • Acuerdo de 9 de febrero de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre el sorteo para la designación de los ciudadanos que deben formar parte de las mesas electorales. 
  • Acuerdo de 15 de febrero de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre los problemas de quórum en la sesión plenaria del ayuntamiento en la que deba designarse a los miembros de las mesas electorales. 
  • Acuerdo de 29 de febrero de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre la posibilidad de que una persona ciega sea designada miembro de mesa electoral. 
  • Acuerdo de 29 de febrero de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre las competencias de los secretarios de los ayuntamientos como delegados de las juntas electorales de zona.
  • Acuerdo de 7 de marzo de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre la participación de los mozos de escuadra en los procesos electorales, como interventores o apoderados de alguna formación política o como miembros de mesas electorales.  
  • Acuerdo de 19 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre si es admisible la utilización por los interventores y apoderados y miembro de la mesa de la colocación de carteles en los colegios electorales y en sus inmediaciones con el lema "No a la guerra". 
  • Acuerdo de 19 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre a quién corresponde la competencia para notificar la designación de miembro de mesas electorales. 
  • Acuerdo de 19 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre si una vez constituida una mesa electoral con el presidente y los vocales titulares, están eximidos los suplentes de su compromiso. 
  • Acuerdo de 22 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre si el cese de dos vocales de la junta electoral de zona como jueces sustitutos implica también el cese como vocales de la junta. 
  • Circular de 22 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre la utilización de símbolos, emblemas o lemas que puedan ser constitutivos de propaganda electoral por parte de los interventores, apoderados y miembros de las mesas electorales. 
  • Acuerdo de 25 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre la preferencia de las actividades electorales sobre las judiciales en los ámbitos civiles o penales. 
  • Acuerdo de 25 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre la posibilidad de ser sustituido en la mesa electoral por un familiar.  
  • Acuerdo de 31 de marzo de 2005, de la Junta Electoral Central, sobre la posibilidad de que los ayuntamientos realicen sorteos supletorios de miembros de mesa electoral. 
  • Acuerdo de 12 de abril de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre el ejercicio de las tareas de la secretaría de la junta electoral como consecuencia de cambio de juzgado decano. 
  • Acuerdo de 12 de abril de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre el desarrollo de la secretaría de la junta de zona, habiendo dejado de ser decano el anterior secretario. 
  • Acuerdo de 12 de abril de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre la competencia para la designación de personal colaborador de la junta electoral de zona. 
  • Acuerdo de 12 de abril de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre la fecha de publicación en el boletín oficial de la provincia de la relación de miembros de las juntas electorales con motivo de determinadas fiestas locales.  
  • Acuerdo de 12 de abril de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre el cese de vocal judicial de junta electoral de zona. 
  • Acuerdo de 8 de mayo de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre el número de vocales para la constitución válida de la junta electoral de zona, así como el quórum para la adopción de acuerdos 
  • Acuerdo de 27 de septiembre de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre la posibilidad de exclusión en la designación de un miembro de mesa electoral por minusvalía. 
  • Circular de 29 de enero de 2008, de la Junta Electoral Central, sobre notificación de la condición de miembros de Mesa a los interesados.
 
  • Acuerdo de 14 de febrero de 2008, de la Junta Electoral Central, sobre la validez de las excusas formuladas por los miembros de Mesa respecto de su designación como tales remitidas a la Junta Electoral de Zona a través de fax.  
  • Acuerdo de 25 de junio de 2009, de la Junta Electoral Central, para instar las modificaciones necesarias para evitar trato discriminatorio en la votación respecto de las personas discapacitadas.  
  • Acuerdo de 19 de julio de 2010, de la Junta Electoral Central, sobre los miembros de las mesas electorales con derecho a contar con ayuda de intérpretes de las lenguas de signos españolas. 
  • Instrucción 6 / 2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central, de interpretación del artículo 27.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, sobre impedimentos y excusas justificadas para los cargos de presidente y vocal de las mesas electorales. (BOE núm. 103 de 30 de abril).

Composición de las juntas electorales

  • Real Decreto 1078/2008, de 25 de junio, por el que se nombran vocales de procedencia judicial de la Junta Electoral Central (BOE núm. 156, de 28 de junio). 
  • Real Decreto 1608/2008, de 29 de septiembre, por el que se nombran vocales de la Junta Electoral Central (BOE núm. 236, de 30 de septiembre). 
  • Resolución de 2 de octubre de 2008, de la Junta Electoral Central, por la que se hace pública la constitución (BOE núm. 239, de 3 de octubre).
  • Acuerdo de 21 de marzo de 2011, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se designan los vocales de procedencia judicial de las juntas electorales provinciales (BOE núm. 76 de 30 de marzo).
  • Edicto de 1 de abril de 2011, de las juntas electorales de LLeida, por los que se publica su composición inicial (BOP de Lleida núm. 48 de 5 de abril de 2011).Resolución de 9 de mayo de 2011, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, de designación de los vocales no judiciales de las juntas electorales provinciales a los que se refiere el artículo 10.1.b) de la Ley Orgánica 5 / 1985, del Régimen Electoral General, en relación con las elecciones de 22 de mayo de 2011 (BOE núm. 111 de 10 de mayo).
  • Edictos de 5 y 6 de mayo de 2011, de la Junta Provincial y de las juntas de zona de Lleida, sobre la constitución definitiva de las juntas electorales (BOP de Lleida núm. 69 de 12 de mayo).

 

Número, límites de las secciones electorales, los locales y las mesas

  • Edicto de 30 de marzo de 2011, de la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en Lleida, por el que se publican el número, límites de las secciones electorales, los locales y las mesas correspondientes a cada una (BOP de Lleida núm. 47 de 4 de abril).

Censo electoral

  • Orden de 3 de febrero de 1987, por la que se regula la distribución de copias del censo electoral en soporte magnético y la expedición de certificado de inscripción en el censo electoral (BOE núm. 33, de 7 de febrero). 
  • Orden de 21 de marzo de 1991, por la que se regula el proceso de reclamación administrativa en período electoral (BOE núm. 72, de 25 de marzo).  
  • Acuerdo de 6 de febrero de 1995, de la Junta Electoral Central, sobre si los certificados censales constituyen un medio probatorio de la inscripción en el censo electoral o también un mecanismo de auténtica actualización del censo electoral. 
  • Real Decreto 157/1996, de 2 de febrero, por el que se dispone la actualización mensual del censo electoral y se regulan los datos necesarios para inscribirse (BOE núm. 44, de 20 de febrero), modificado por el Real Decreto 147/1999, de 29 de enero (BOE núm. 26, de 30 de enero) y por el Real Decreto 423/2011, de 25 de marzo (BOE núm. 73, de 26 de marzo). 
  • Orden de 24 de abril de 1996, por la que se dictan normas técnicas para la actualización mensual del censo electoral (BOE núm. 102, de 27 de abril).  
  • Resolución de 19 de julio de 1996, de la Dirección de la Oficina del Censo Electoral, por la que se aprueban los modelos referidos en la Orden de 24 de abril de 1996, por la que se dictan normas técnicas para la actualización del censo electoral (BOE núm. 179, de 25 de julio). 
  • Resolución de 31 de enero de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre la consulta de datos censales. 
  • Resolución de 23 de febrero de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre la entrega de una copia del censo en cinta magnética a los representantes de las entidades políticas.  
  • Resolución de 31 de enero de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre la consulta de datos censales. 
  • Orden INT/646/2003, de 14 de marzo, por la que se dictan instrucciones para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 41.6 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (BOE núm. 72, de 25 de marzo). 
  • Real Decreto 1799/2003, de 26 de diciembre, por el que se regula el contenido de las listas electorales y de las copias del censo electoral (BOE núm. 310, de 27 de diciembre); modificado por el  Real Decreto 102/2009, de 6 de febrero (BOE núm. 33, de 7 de febrero de 2009).  
  • Instrucción de 20 de enero de 2004, de la Junta Electoral Central, sobre la consulta vía Internet de los datos del censo electoral (BOE núm. 19, de 22 de enero). 
  • Resolución de 12 de febrero de 2004, de la Oficina del Censo Electoral, sobre determinados aspectos de la gestión del censo electoral (BOE núm. 45, de 21 de febrero). 
  • Resolución de 24 de febrero de 2006, de la Oficina del Censo Electoral, sobre la repercusión de las bajas de oficio por inscripción indebida en los padrones municipales y procedimientos de control de las altas en el censo electoral (BOE núm. 57, de 8 de marzo). 
  • Instrucción 7/2007, de 12 de abril, de la Junta Electoral Central, sobre el certificado censal específico previsto en el artículo 85.1 de la LOREG (BOE núm. 94, de 19 de abril). 
  • Acuerdo de 19 de junio de 2008, de la Junta Electoral Central, sobre la propuesta de la Resolución sobre reclamaciones y consultas a los datos de inscripción y otros aspectos de gestión del censo electoral 
  • Resolución de 27 de agosto de 2008, de la Oficina del Censo Electoral, sobre las reclamaciones y las consultas de los datos de inscripción y otros aspectos de la gestión del censo electoral (BOE núm. 209, de 29 de agosto de 2008). 
  • Acuerdo de 2 de abril de 2009, de la Junta Electoral Central, sobre entrega de copias del Censo Electoral a los representantes de candidaturas que pueden ser anuladas en aplicación de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de partidos políticos. 
  • Instrucción 4/2009, de 17 de diciembre, de la Junta Electoral Central, sobre actuaciones de la Oficina del Censo Electoral en relación a la entrega de copias del censo electoral a las candidaturas y el envío de la documentación para ejercer el voto por correo (BOE núm. 5, de 6 de enero de 2010). 
  • Orden EHA/642/2011, de 25 de marzo , por la que se dictan normas técnicas para la actualización mensual del censo electoral (BOE núm. 73, de 26 de marzo).
  • Instrucción 1/2011, de 24 de marzo , de la Junta Electoral Central, sobre las reclamaciones administrativas relativas a las modificaciones en el censo electoral que pueden realizar los representantes de las candidaturas o de las formaciones políticas en aplicación de lo establecido en los artículos 38 y 39 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE núm. 74, de 28 de marzo).
  • Resolución de 1 de marzo de 2011 , de la Oficina del Censo Electoral, sobre actualización mensual y censo cerrado, resolución de reclamaciones y censo vigente para las elecciones de mayo de 2011 (BOE núm. 74, de 28 de marzo).

Candidaturas

  • Acuerdo de 19 de mayo de 1986, de la Junta Electoral Central, sobre el apoderamiento único de interventores y apoderados en el supuesto de convocatoria de diversos procesos electorales, cuya celebración es en la misma fecha. 
  • Acuerdo de 17 de abril de 1995, de la Junta Electoral Central, sobre la expedición por los secretarios de los ayuntamientos de certificados de inscripción en el censo para los candidatos. 
  • Acuerdo de 15 de febrero de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre la denuncia de irregularidades en determinadas candidaturas. 
  • Instrucción de 20 de enero de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre la documentación que debe entregarse en la presentación de candidaturas (BOE núm. 19, de 22 de enero). 
  • Acuerdo de 23 de enero de 2002, de la Junta Electoral Central, sobre la posibilidad  de que un secretario de ayuntamiento tenga la doble condición de delegado de la junta electoral de zona y de apoderado de una candidatura.  
  • Acuerdo de 12 de marzo de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre la manera de  retirar la candidatura de una entidad política.  
  • Acuerdo de 9 de abril de 2002, de la Junta Electoral Central, sobre la denominación en catalán de coaliciones electorales. 
  • Acuerdo de 25 de octubre de 2002, de la Junta Electoral Central, sobre similitud de denominación de agrupación de electores y de partido político. 
  • Acuerdo de 25 de octubre de 2002, de la Junta Electoral Central, sobre la constitución de agrupación de electores. 
  • . Acuerdo de 9 de abril de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre la denominación y el símbolo de una entidad política constituida por diversos grupos independientes.  
  • Acuerdo de 7 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre la posibilidad de corrección de presentación de candidatura incompleta. 
  • Acuerdo de 16 de febrero de 2006, de la Junta Electoral Central, sobre la solicitud de información sobre constitución de agrupaciones de electores para concurrir a procesos electorales. 
  • Acuerdo de 26 de octubre de 2006, de la Junta Electoral Central, sobre la consulta sobre la posibilidad de que un juez de paz ocupe el cargo de apoderado de una candidatura. 
  • Acuerdo de 13 de diciembre de 2006, de la Junta Electoral Central, sobre diversas consultas sobre denominación y otras circunstancias referidas a coaliciones. 
  • Acuerdo de 18 de enero de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre las siglas de una nueva formación política. 
  • Instrucción 2/2007, de 22 de marzo, de la Junta Electoral Central, sobre el procedimiento de nombramiento de los interventores de las candidaturas previsto en el artículo 78 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE núm. 76, de 29 de marzo). 
  • Acuerdo de 19 de abril de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre la posibilidad de que una formación política autorice a otra a utilizar, en ciertas circunscripciones y en determinadas condiciones, sus siglas.  
  • Acuerdo de 25 de octubre de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre si el representante general de una formación política puede actuar, a la vez, ante las juntas electorales provinciales como  representante de candidatura.  
  • Acuerdo de 24 de enero de 2008, de la Junta Electoral Central, sobre la posibilidad de nombrar representante de candidatura a una persona con nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y residente en España.  
  • Acuerdo de 29 de enero de 2008, de la Junta Electoral Central, sobre si se puede constituir una coalición entre un partido político y la unión de partidos políticos de la que forma parte el primero.  
  • Acuerdo de 29 de enero de 2008, de la Junta Electoral Central, sobre el hecho de que los votos que pueda obtener un partido político en todas las circunscripciones en las que se presenta formando parte de una coalición se computen en su totalidad a dicho partido en el ámbito estatal a todos los efectos legales y económicos que puedan derivarse de la aplicación de la normativa electoral vigente.  
  • Acuerdo de 7 de febrero de 2008, de la Junta Electoral Central, sobre la validez de proclamación de candidatura presentada sin símbolo ni siglas por el hecho de que no constan en el  Registro de partidos políticos.  
  • Acuerdo de 12 de noviembre de 2009, de la Junta Electoral Central, de diversas consultas sobre el nombramiento de representante general ante la Administración electoral y otras cuestiones. 
  • Acuerdo de 28 de enero de 2010, de la Junta Electoral Central, sobre posibilidad de denominación específica de candidaturas para determinados distritos electorales, manteniendo la referencia a una denominación común.
 
  • Instrucción 1/2010 de 9 de septiembre, de la Junta Electoral Central, sobre la aplicación del artículo 44.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General en lo relativo a la constitución de coaliciones electorales (BOE núm. 226, de 17 de septiembre).
  • Edicto de 19 de abril de 2011, por el que se hacen públicas las candidaturas presentadas ante la Junta Electoral Provincial de Lleida para las elecciones al Consejo General de Aran (DOGC núm. 5863 de 20 de abril).
  • Edicto de 25 de abril de 2011, por el que se hacen públicas las candidaturas proclamadas por la Junta Electoral Provincial de Lleida para las elecciones al Consejo General de Aran (DOGC núm. 5865 de 26 de abril).

Participación de los trabajadores

  • Resolución de 21 de febrero de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre la obligación de la empresa de conceder 15 días de permiso retribuido al componente de una lista electoral una vez proclamado candidato. 
  • Acuerdo de 7 de marzo de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre el tiempo de permiso para votar el día de las elecciones. 
  • Acuerdo de 13 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre si el derecho a permiso retribuido durante el tiempo de duración de la campaña electoral para los funcionarios se hace extensivo a los suplentes. 
  • Acuerdo de 19 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre los permisos a los candidatos durante el período de campaña electoral. 
  • Acuerdo de 25 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre el tiempo de permiso que tienen como derecho los trabajadores el día de la votación. 
  • Circular 5/2006, de 4 de octubre, del director general de la Función Pública, sobre participación del personal al servicio de la Administración de la Generalidad en las elecciones convocadas dentro del marco de la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general.
  • Orden EMO/63/2011, de 14 de abril, por la que se establecen las instrucciones necesarias para la participación de las personas trabajadoras en las elecciones locales y en el Consejo General de Aran el día 22 de mayo de 2011 (DOGC núm. 5865 de 26 de abril).  

Locales oficiales y lugares públicos para actos de campaña electoral

  • Edicto de 8 de abril de 2011, de la Junta Electoral de Zona de  Vielha e Mijaran, por el que se da publicidad a la relación de locales oficiales y lugares públicos reservados para la realización gratuita de actos de campaña electoral (BOP de Lleida núm. 52 de 12 de abril).
     

 

Campaña electoral

  • Orden de 30 de octubre de 1985, sobre tarifas postales para envíos de impresos de propaganda electoral (BOE núm. 261, de 31 de octubre).
  • Resolución de 10 de marzo de 1999, de la Junta Electoral Central, sobre los límites y objetos sobre los que pueden versar las campañas de publicidad que los organismos públicos lleven a cabo durante el proceso electoral.
  • Instrucción de 13 de septiembre de 1999, de la Junta Electoral Central, sobre el objeto y los límites de las campañas institucionales (BOE núm. 222, de 16 de septiembre; corrección de errores en el BOE núm. 233, de 29 de septiembre).
  • Ley 18/2000, de 29 de diciembre, por la que se regula la publicidad institucional (DOGC núm. 3300, de 8 de enero).
  • Acuerdo de 25 de octubre de 2002, de la Junta Electoral Central, sobre publicidad antes del comienzo de la campaña electoral.
  • Ley 29/2005, de 29 de diciembre, de publicidad y comunicación institucional (BOE núm. 312, de 30 de diciembre). Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de comunicación audiovisual de Cataluña (DOGC núm. 4543, de 3 de enero y BOE núm. 38, de 14 de febrero); modificada por la Ley 11/2007, de 11 de octubre (DOGC núm. 4990, de 18 de octubre y BOE núm. 266, de 6 de noviembre); por la Ley 5/2008, de 24 de abril (DOGC núm. 5123, de 2 de mayo y BOE núm. 131, de 30 de mayo), y por la Ley 20/2010, de 7 de julio (DOGC núm. 5672, de 16 de julio y BOE núm. 191, de 7 de agosto).
  • Instrucción 4/2007, de 12 de abril, de la Junta Electoral Central, sobre la utilización de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación electrónicas como instrumento de propaganda electoral (BOE núm. 94, de 19 de abril). 
  • Acuerdo de 15 de octubre de 2009, de la Junta Electoral Central, sobre posibilidad de que los ayuntamientos autoricen la celebración de actos de campaña electoral en locales oficiales o lugares públicos diferentes a los previstos en los artículos 54.3 y 57.1 de la LOREG.
  • Instrucción 2/2011, de 24 de marzo, de la Junta Electoral Central, sobre interpretación del artículo 50 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, en relación con el objeto y los límites de las campañas institucionales y de los actos de inauguración realizados por los poderes públicos en periodo electoral (BOE núm. 74 de 28 de marzo).
  •  Instrucción 2/2011, de 24 de marzo, de la Junta Electoral Central, sobre interpretación de la prohibición de realización de campaña electoral incluida en el artículo 53 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE núm. 74 de 28 de marzo).

Medios de comunicación

  • Ley Orgánica 10/1991, de 8 de abril, de publicidad electoral en emisoras municipales de radiodifusión sonora (BOE núm. 85, de 9 de abril). 
  • Instrucción de 24 de abril de 1995, de la Junta Electoral Central, sobre competencia y criterios de distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios de comunicación de titularidad pública, ante la simultaneidad de procesos electorales locales y autonómicos (BOE núm. 100, de 27 de abril). 
  • Ley Orgánica 14/1995, de 22 de diciembre, de publicidad electoral en emisoras de televisión local por ondas terrestres (BOE núm. 309, de 27 de diciembre). 
  • Instrucción de 17 de mayo de 1999, de la Junta Electoral Central, sobre distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en medios de comunicación de titularidad pública y delegación de competencias en las juntas electorales provinciales (BOE núm. 120, de 20 de mayo). 
  • Instrucción de 13 de septiembre de 1999, de la Junta Electoral Central, en desarrollo del art. 66 de la Ley orgánica del régimen electoral general, sobre procedimiento de los recursos contra actos de los medios de comunicación en periodo electoral (BOE núm. 222, de 16 de septiembre). 
  • Resolución de 29 de febrero de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en emisoras municipales. 
  • Acuerdo de 7 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre el cómputo de votos para el reparto de espacios gratuitos de propaganda electoral a una coalición, cuyas entidades políticas concurrieron anteriormente por separado. 
  • Acuerdo de 25 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre si es necesario que los periodistas que quieran emitir programas desde las mesas electorales durante el escrutinio tengan algún tipo de acreditación. 
  • Acuerdo de 16 de febrero de 2005, de la Junta Electoral Central, sobre si la Junta Electoral es competente para el control de la información realizada por los medios públicos respecto de los grupos políticos de ámbito territorial. 
  • Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de comunicación audiovisual de Cataluña (DOGC núm. 4543, de 3 de enero de 2006). Modificada por la Ley 11/2007, de 11 de octubre (DOGC núm. 4990, de 18 de octubre y BOE núm. 266, de 6 de noviembre); por la Ley 5/2008, de 24 de abril (DOGC núm. 5123, de 2 de mayo y BOE núm. 131, de 30 de mayo), y por la Ley 20/2010, de 7 de julio (DOGC núm. 5672, de 16 de julio y BOE núm. 191, de 7 de agosto). 
  • Acuerdo de 7 de febrero de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre la obligación de los medios de comunicación de titularidad pública de poner a disposición de las juntas electorales espacios gratuitos de propaganda. 
  • Acuerdo de 22 de marzo de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre interpretación del artículo 109 de la Ley del Parlamento de Cataluña 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña, en relación con el artículo 50.1 de la LOREG.  
  • Acuerdo de 19 de abril de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre asignación de espacios gratuitos de propaganda  electoral en franjas horarias de nivel de audiencia diferentes.  
  • Acuerdo de 23 de abril de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre la distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral.  
  • Acuerdo de 24 de mayo de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre la prohibición de contratación electoral en las televisiones locales por ondas terrestres. 
  • Ley 7/2010, de 31 de marzo, general de la comunicación audiovisual (BOE núm. 79, de 1 de abril).
  • Instrucción 4/2011, de 24 de marzo , de la Junta Electoral Central, de interpretación del artículo 66 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, en lo relativo a las garantías de respeto a los principios de pluralismo, igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa por los medios de comunicación en periodo electoral (BOE núm. 74, de 28 de marzo).
  • Acuerdo de 14 de abril de 2011, de la Junta Electoral Central, de designación de la Comisión de Radio y Televisión en relación con las elecciones de 22 de mayo (BOE núm. 94 de 20 de abril).

Sondeos electorales

  • Instrucción de 26 de abril de 1993, de la Junta Electoral Central, de desarrollo del artículo 69.8 de la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General (BOE núm. 101, de 28 de abril). 
  • Acuerdo de 28 de abril de 1993, de la Junta Electoral Central, sobre la publicación y difusión de los sondeos electorales durante los cinco días anteriores al de la votación. 
  • Ley 23/1998, de 30 de diciembre de 1998, de estadística de Cataluña (DOGC núm. 2801, de 8 de enero de 1999), modificada por la Ley 23/2003, de 4 de julio (DOGC núm. 3925, de 15 de julio), y por la Ley 7/2004, de 16 de julio (DOGC núm. 4179, de 21 de julio). 
  • Ley 6/2007 de 17 de julio, del Centro de Estudios de Opinión (DOGC núm. 4931, de 23 de julio y BOE nº 191, de 10 de agosto), modificada por la Ley 16/2008 de 23 de diciembre (DOGC núm. 5288, de 31 de diciembre y BOE núm. 22, de 26 de enero). 
  • Acuerdo de 9 de marzo de 2008, de la Junta Electoral Central, sobre publicación y difusión de encuestas de opinión en los cinco días anteriores al de la votación.

Voto por correo

  • Instrucción de 10 de febrero de 1992, de la Junta Electoral Central, sobre voto por correo de las personas que se encuentran en situación de enfermedad o incapacidad que les impida la formulación personal de la solicitud de la documentación a que se refiere el artículo 72 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE núm. 39, de 14 de febrero y DOGC núm. 1556, de 17 de febrero). 
  • Real Decreto 557/1993, de 16 de abril, sobre actuación notarial en el procedimiento de emisión de voto por correo (BOE núm. 92, de 17 de abril). 
  • Instrucción de 26 de abril de 1993, de la Junta Electoral Central, sobre el certificado médico oficial y gratuito a que se refiere el artículo 72.c) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1992, de 2 de noviembre (BOE núm. 101, de 28 de abril). 
  • Instrucción de 26 de abril de 1993, de la Junta Electoral Central, sobre la comprobación por la junta electoral competente de la concurrencia de las circunstancias a que se refiere el artículo 72.c) de la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1992, de 2 de noviembre (BOE núm. 101, de 28 de abril). 
  • Acuerdo de 27 de febrero de 1996, de la Junta Electoral Central, sobre gratuidad de los gastos de desplazamiento de los notarios hasta el domicilio de electores enfermos o incapaces para que otorguen el poder notarial. 
  • Acuerdo de 15 de febrero de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre la posibilidad de que los funcionarios de Correos que acuden a los centros penitenciarios puedan admitir la acreditación de la identidad del interno. 
  • Acuerdo de 29 de febrero de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre la no admisión del resguardo de la denuncia de robo del DNI a efectos de solicitar el voto por correo. 
  • Acuerdo de 7 de marzo de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre si se debe entregar la documentación para el voto por correo al apoderado de un elector que ha muerto. 
  • Acuerdo de 12 de marzo de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre el voto por correo de un interventor. 
  • Acuerdo de 13 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre si se válido el certificado médico extendido en papel común, a efectos de lo establecido en el artículo 72.c) de la LOREG. 
  • Acuerdo de 19 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre si los funcionarios de correos pueden desplazarse a los domicilios de los particulares a efecto de que les soliciten el voto por correo. 
  • Acuerdo de 19 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre la validez del voto por correo de un elector cuya muerte consta ante la mesa electoral correspondiente. 
  • Acuerdo de 22 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre la acreditación ante una mesa electoral del fallecimiento de un elector que ha emitido el voto por correo. 
  • Acuerdo de 22 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre los votos por correo enviados por servicio postal-mensajería y sobre la validez de certificaciones censales específicas emitidas por fax. 
  • Acuerdo de 25 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre la validez de los votos emitidos por correo de elector que muere con anterioridad al día de la celebración de las elecciones. 
  • Acuerdo de 3 de junio de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre voto por correo de electores de los que no consta que hayan solicitado la documentación para votar por correo. 
  • Acuerdo de 12 de abril de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre la legalidad de enviar las solicitudes de voto por correo del personal embarcado por fax o correo electrónico, en lugar de por radiotelegrafía, según dispone el Real Decreto 506/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales. 
  • Acuerdo de 19 de abril de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre consulta del Partido Popular sobre la admisión como válidos de los impresos oficiales de voto por correo del Ministerio del Interior obtenidos a través de la página web del Ministerio.  
  • Acuerdo de 23 de abril de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre la validez de impresos facilitados por los colegios oficiales de médicos en fotocopia sellada con el sello original del colegio oficial de médicos. 
  • Acuerdo de 16 de mayo de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre la posibilidad de enviar la documentación para el voto por correo a un apartado de correos o a la lista de correos de una oficina postal.
 
  • Acuerdo de 24 de mayo de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre la actuación de la Junta Electoral Provincial de Pontevedra en relación con el certificado médico emitido a efectos del voto por correo por incapacidad, exigiendo que conste en el certificado de referencia la enfermedad concreta de que se trata. 
  • Acuerdo de 27 de mayo de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre cómputo de voto por correo válidamente emitido por un elector que muere con anterioridad a la fecha de la elección.  
  • Real Decreto 1621/2007, de 7 de diciembre, por el que se regula un procedimiento de votación para los ciudadanos españoles que se encuentran temporalmente en el extranjero (BOE núm. 299, de 14 de diciembre de 2007). 
  • Acuerdo de 15 de octubre de 2009, de la Junta Electoral Central, sobre la junta electoral provincial competente, por comprobación de las solicitudes del voto por correo formuladas a través de representantes.  
  • Instrucción 4/2009, de 17 de diciembre, de la Junta Electoral Central, sobre actuaciones de la Oficina del Censo Electoral en relación a la entrega de copias del censo electoral a las candidaturas y el envío de la documentación para ejercer el voto por correo. (BOE núm. 5, de 6 de enero de 2010).  
  • Acuerdo de 10 de junio de 2010, de la Junta Electoral Central, del Informe del director de la Oficina del Censo Electoral sobre el cambio del sistema acordado con Correos y con el Ministerio del Interior para la devolución de los gastos de franqueo del voto por correo desde el exterior. 
  • Orden FOM/872/2011, de 6 de abril, por la que se dictan las normas sobre la colaboración del servicio de correos en las elecciones autonómicas, locas, en las asambleas de Ceuta y Melilla y otros procesos electorales (BOE núm. 87 de 12 de abril).

Sistema electoral, votación y escrutinio

  • Acuerdo de 17 de junio de 1993, de la Junta Electoral Central, sobre el cálculo de la llamada barrera legal. 
  • Acuerdo de 13 de junio de 1999, de la Junta Electoral Central, sobre el juzgado al que le corresponde la entrega de los sobres que contienen la documentación electoral. 
  • Acuerdo de 7 de marzo de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre si es necesario para ser interventor estar inscrito en una mesa electoral que pertenezca a la misma junta electoral de zona. 
  • Acuerdo de 7 de marzo de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre si una misma persona puede ser interventora de una mesa electoral y apoderada del mismo colegio de la mesa. 
  • Acuerdo de 12 de marzo de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre los votos a favor de una candidatura retirada y la acreditación de sus interventores. 
  • Acuerdo de 12 de marzo de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre la validez de las papeletas de una entidad política correspondientes a una circunscripción diferente. 
  • Acuerdo de 12 de marzo de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre el juez o magistrado que debe recoger la documentación electoral el día de las elecciones. 
  • Acuerdo de 22 de marzo de 2001, de la Junta Electoral Central, sobre los documentos válidos para acreditar la identidad del elector. 
  • Acuerdo de 25 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre la formulación, contabilización y utilidad de los votos en blanco. 
  • Acuerdo de 25 de mayo de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre la validez de papeletas. 
  • Acuerdo de 20 de junio de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre la posibilidad de rectificación de errores detectados en el acta de escrutinio general. 
  • Instrucción 7/2007, de 12 de abril, de la Junta Electoral Central, sobre la certificación censal específica prevista en el artículo 85.1 de la LOREG (BOE núm. 94, de 19 de abril).

Proclamación oficial de resultados

  • Real Decreto 2322/1983, de 15 de junio, por el que se dispone la publicación de los resultados electorales en los diarios oficiales (BOE núm. 212, de 5 de septiembre). 
  • Acuerdo de 20 de junio de 2003, de la Junta Electoral Central, sobre la posibilidad de rectificación de errores detectados en el acta de escrutinio general. 
  • Edicto de 27 de mayo de 2011, de la Junta Electoral Provincial de Lleida, por el que se hacen públicos los resultados correspondientes a la proclamación de electos del Consejo General de Aran (DOGC núm. 5893 de 3 de junio).
  • Resolución GRI/1418/2011, de 7 de junio, por la que se hace pública la composición del Consejo General de Aran y se convocan los consejeros generales a la sesión constitutiva (DOGC núm. 5899 de 14 de junio).

Recursos

  • Instrucción de 28 de mayo de 1995, de la Junta Electoral Central, sobre los plazos y trámites de los recursos a que se refiere el artículo 108.3 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (BOE núm. 128, de 30 de mayo). 
  • Instrucción de 13 de septiembre de 1999, de la Junta Electoral Central, en desarrollo del art. 66 de la Ley orgánica del régimen electoral general, sobre procedimiento de los recursos contra actos de los medios de comunicación en periodo electoral (BOE núm. 222, de 16 de septiembre). 
  • Acuerdo de 20 de enero de 2000, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se aprueban las normas sobre tramitación de los recursos de amparo a que se refiere la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (BOE núm. 21, de 25 de enero). 
  • Acuerdo de 15 de febrero de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre recursos contra la proclamación de candidaturas. 
  • Sentencia núm. 149/2000, de 1 de junio, del Tribunal Constitucional. Cuestión de inconstitucionalidad núm. 2426/1996, del Tribunal Constitucional, por la que se declara la inconstitucionalidad y la consiguiente nulidad de la expresión "judicial" contenida en el último inciso del artículo 21.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general (suplemento al BOE núm. 156, de 30 de junio). 
  • Instrucción 11/2007, de 27 de septiembre, sobre el procedimiento de tramitación de los recursos contra los acuerdos de las juntas electorales previsto en el artículo 21 de la LOREG (BOE núm. 239, de 5 de octubre).
  • Acuerdo de 25 de abril de 2011, de la Presidencia del Tribunal Constitucional por el que se habilitan, con carácter extraordinario, determinadas fechas y horarios para la presentación en el Registro General del Tribunal del recurso de amparo electoral (BOE núm. 100 de 27 de abril).
  • Acuerdo de 26 de abril de 2011, de la Presidencia del Tribunal Supremo, por el que se habilita el Registro General del Tribunal Supremo y la Secretaría de la Sala del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para la presentación y tramitación de los recursos contenciosos administrativos que pudieran interponerse los días 27, 28, 29 y 30 de abril de 2011 (BOE núm. 100 de 27 de abril).
     

Gastos y subvenciones electorales

  • Real Decreto 1047/1977, de 13 de mayo, por el que se crea el Registro de las notificaciones a que se refiere el número 2 del artículo 44 del Real Decreto-ley 20/1977, de 18 de marzo, sobre normas electorales (BOE núm. 115, de 14 de mayo). 
  • Acuerdo de 20 de mayo de 1977, de la Junta Electoral Central, por el que se establecen las normas para el desarrollo y la ejecución del Real Decreto 1047/1977, de 13 de mayo, por el que se crea el Registro de las notificaciones a que se refiere el número 2 del artículo 44 del Real Decreto-ley 20/1977, de 18 de marzo, sobre normas electorales (BOE núm. 121, de 21 de mayo). 
  • Orden de 30 de octubre de 1985, por la que se fijan tarifas especiales para los envíos postales de impresos de propaganda electoral (BOE núm. 261, de 31 de octubre). 
  • Acuerdo de 29 de abril de 1991, de la Junta Electoral Central, sobre el alcance de las subvenciones electorales por envío de propaganda electoral. 
  • Acuerdo de 12 de septiembre de 1991, de la Junta Electoral Central, sobre el adelanto de las subvenciones.  
  • Acuerdo de 4 de diciembre de 1991, de la Junta Electoral Central, sobre a quién debe abonarse el adelanto de las subvenciones cuando no hay administrador general. 
  • Acuerdo de 9 de abril de 1992, de la Junta Electoral Central, sobre la disposición de los saldos de las cuentas corrientes electorales. 
  • Acuerdo de 25 de mayo de 1994, de la Junta Electoral Central, sobre el adelanto de las subvenciones electorales.  
  • Acuerdo de 7 de septiembre de 1994, de la Junta Electoral Central, sobre la presentación del aval bancario. 
  • Acuerdo de 16 de febrero de 1995, de la Junta Electoral Central, sobre el límite máximo de gastos electorales. 
  • Acuerdo de 24 de abril de 1995, de la Junta Electoral Central, sobre el límite máximo de gastos electorales. 
  • Acuerdo de 11 de mayo de 1995, de la Junta Electoral Central, sobre el derecho a percibir la subvención prevista en el artículo 193.3 de la Ley orgánica 5/1985, del régimen electoral general.  
  • Instrucción de 27 de abril de 1999, de la Junta Electoral Central, sobre la subvención por envío directo y personal de documentación electoral en el supuesto de elecciones simultáneas (BOE núm. 103, de 30 de abril). 
  • Resolución de 20 de enero de 2000, de la Junta Electoral Central, sobre el límite de los gastos electorales. 
  • Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos (BOE núm. 160, de 5 de julio). 
  • Acuerdo de 29 de noviembre de 2007, de la Junta Electoral Central, sobre el financiamiento de las campañas publicitarias fuera del período de campaña electoral a efectos de ser computado como gasto electoral, debiendo formar parte del presupuesto destinado al proceso electoral correspondiente.  
  • Ley 18/2010, de 7 de junio de 2010, de la Sindicatura de Cuentas (DOGC núm. 5648, de 11 de junio y BOE núm. 165, de 8 de julio).
  • Decreto 300/2011, de 29 de marzo, por el que se regulan las subvenciones y el control de la contabilidad electoral en las elecciones al Consejo General de Aran de 2011 (DOGC núm. 5848, de 30 de marzo).
  • Resolución 642/IX, de 14 de junio de 2012, del Parlamento de Cataluña, por la que se aprueba el Informe de fiscalización 10/2012, referente a las elecciones al Consejo General de Aran de 2011 (tram. 256-00029/09) (DOGC núm. 6161, de 2 de julio).  

 

Fecha de actualización:

13.07.2026