Reparto de escaños: umbral electoral y Ley d'Hondt

El umbral (o barrera) electoral es el límite mínimo de votos que se establece en el escrutinio para que una candidatura pueda concurrir a la distribución de escaños.

En las elecciones al Parlament de Catalunya, al Congreso de Diputados y a las Diputaciones Provinciales es del 3% de los votos válidos emitidos para cada una de las circunscripciones, mientras que en las elecciones Municipales y en el Conselh Generau d'Aran es del 5%. En las elecciones al Parlamento Europeo y a los Consejos Comarcales, no se aplica ninguna barrera legal.

La Ley d'Hondt es el procedimiento matemático que se utiliza para distribuir los escaños entre las candidaturas a partir de los votos.

Es uno de los procedimientos llamados proporcionales. Para cada circunscripción electoral, los votos obtenidos por las candidaturas se dividen por una serie continua de números naturales (1, 2, 3 y siguientes), llamados divisores. Los escaños se atribuyen según las magnitudes de los cocientes obtenidos.

Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General

Artículo 163